autorizar a la ciudadana HERNANDEZ MAZA ORLANDA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.485.364, domiciliada en la Urbanización Los Chaimas, Bloque 2-A, Apto Nº 7, Cumaná, estado Sucre, asistida por la Defensora Pública con competencia en materia de Niños, Niñas y Adolescente, actuando en favor de su hijo niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para que realice en su nombre y representación, todos los trámites necesarios ante los organismos competentes para la obtención del pasaporte del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese autorización