En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos, HENRY JOSE MARTINEZ MACHADO y MARITZA JOSEFINA GONZALEZ PINO, quienes son venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de la cédula de identidad N° V-11.966.093 y V-12.888.200, respectivamente, asistidos por la abogada, GERTRUDIS MARCANO SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.982, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura del Municipio Puerto Santo del Estado Sucre, en fecha 04 de octubre de 1990.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certificada de la presente decisión, con inserción .....