En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR totalmente la acusación y los medios de prueba presentada en fecha 06/06/2017, conforme a lo establecido en el artículo 578, literal "A", en relación con el artículo 579, literal "B", ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el articulo 470, del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano EDISON JOSE ARIAS GUTIERREZ, y uno de los delitos de CONTRA LA COSA PUBLICA, como lo es el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el articulo 218, del Código Penal Venezolano vigente, en perjuici.....