Por todas las razones de hecho y de derecho antes esgrimidas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda librar Orden de Aprehensión solicitada por la Fiscal Quinto del Ministerio Público en contra del ciudadano RAUL RAFAEL LÓPEZ ALCALÁ, quien es Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 28 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.894.920, nacido en fecha 05/04/1979, residenciado en la calle 19 de Abril del Sector Las Malvinas, casa N° 36, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la niña (identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), todo.....