DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTADxxxxxxxxxxxxxxxxxpor la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 12 de La Ley Para el desarme y Control de Armas y Municiones, perjuicio del ciudadano ESTADO VENEZOLANO, consistentes en presentaciones cada Veinte (20) días por ante la Policía de Punta de Araya, Municipio Cruz Salieron Acosta del Estado Sucre, de conformidad con el artículo 582, literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 557, 582 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 49 de la C.....