Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación,. Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Sucre, extensión Carúpano, en uso de las atribuciones legales previstas en los artículos 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil y en el Artículo tercero Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, decide: Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN al presente Convenimiento de Pago, se declara TERMINADO EL PROCESO y se ordena el ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, una vez que conste en autos el cumplimiento total del acuerdo alcanzado, en consecuencia téngase la presente acta como sentencia definitiva pasada con fuerza de Autoridad de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes. Se exhorta a la parte demandada a cumplir de buena fe con el acuerdo alcanzado. En la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, a los.....