este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 482 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado MOISÉS DAVID RODRÍGUEZ AMUNDARAY, titular de la cédula de identidad Nº 25.101.371, venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 04-04-1994, soltero, sin oficio, residenciado en barrio San Francisco, calle Las Flores, casa sin numero Cumaná Estado Sucre, CONDENADO por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 406, numeral 1º, 11° y 12°, en concordancia con el artículo 424 ejusdem del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano LUIS ANTONIO ALEMÁN (OCCISO). a cumplir una pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, mas las acceso.....