DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JHONNY RAMON VASQUEZ URBAEZ, Venezolano, natural de Cachipal Municipio Valdez del Estado Sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha 08-07-1.996, de profesión u oficio obrero, soltero, Titular de la Cédula de identidad número V- 26.543.459, hijo de Belkys Urbaez y Gonzalo Vásquez residenciado en: Cachipal via principal, cerca de la gallera, casa S/N, Municipio Valdez del Estado Sucre y JOSE MIGUEL RAVELO OSUNA, Venezolano, natural de Irapa, de 20 años de edad, nacido en fecha 28-12-1.992, de profesión u oficio ayudante de electricista, soltero, Titular de la Cédula de identidad número V- 25.413.038, hijo de Hugo Luís Ravelo Gómez y Benita Osuna, residenciado en: Sector la Sabana.....