Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, hecho por la Representación fiscal, a favor de los adolescentes Axxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por la presunta comisión de los delitos de HURTO AGRAVADO, previsto en el artículo 452 numeral 6 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ROBERTA DE LAS MINAS GONZÁLEZ DÍAZ y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con el artículo 318 ordinales 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561 literal E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Se ordena el cese de las .....