El Tribunal pasa la causa para dictar sentencia.
Siendo la oportunidad legal fijada para dictar sentencia en el presente juicio, el Tribunal lo hace con fundamento en base a las siguientes consideraciones:
Que en fecha 15 de agosto del 2003, falleció en el Hospital General “Santos Aníbal Dominicci” de esta ciudad de Carúpano el ciudadano: CRUZ ALEJANDRO GOMEZ LOZADA, plenamente identificada anteriormente, y que por una omisión involuntaria la Acta de Defunción, no fue asentada en los Libros de registro de defunción de la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre para tales gestiones se hizo indispensable optar por el procedimiento de inserción, en este caso de Acta de Defunción.-
Por cuanto se observa de los documentos acompañados al libelo, Certificado de Defunción y Constancia de Certificado de Defunción, expedida por el Hospital General “SANTOS ANIBAL DOMINICCI” de esta ciudad de Carúpano, los cuales el Tribunal apr.....