STE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, admite parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público y Sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos, al adolescente xxxxxxxxxxxxxx la cual se le iniciara por la presunta comisión de delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y porte ilícito de arma de fuego previsto en el articulo 277 del código penal vigente en perjuicio de La Colectividad; a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN LAPSO DE UN (01) AÑO Y SEIS (06)MESES de conformidad con el artículo 628 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en concordancia con el a.....