D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada LIL VARGAS, en su carácter de Defensora Pública Penal de los ciudadanos ROBERT JOSÉ RODRÍGUEZ, CESAR LUIS LEONET, VICTOR ELIECER PÉREZ Y WUILLIANS JOSÉ MEDINA RAMOS, contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 13 de Junio de 2005, mediante la cual DECRETÓ PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos ROBERT JOSÉ RODRÍGUEZ, CESAR LUIS LEONET, VICTOR ELIECER PÉREZ Y WUILLIANS JOSÉ MEDINA RAMOS, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, ALTERACIÓN DE SERIALES Y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previstos y .....