Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando de conformidad con los artículos 770, 771, 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA a la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Teresa del Municipio Libertador del Distrito Capital de la ciudad de Caracas, al Registro Civil del Municipio Libertador del Distrito Capital de la ciudad de Caracas y al Registrador Principal del Distrito Capital de la ciudad de Caracas, hacer la debida nota marginal en el Libro Civil de Actas de Matrimonios, a los fines de que se corrija en la referida Acta, el nombre del solicitante, siendo lo correcto: EDUVIGES JOSÉ MALAVÉ FIGUEROA.-