ESTE TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano ACUSADO ANTONY BAUTISTA CARRERA CAMPOS, venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 30-09-1992, titular de la cédula de identidad Nº 20.991.747, soltero, sin oficio y residenciado Boca de Sabana, calle río Caribe arcano a la Escuela Rio Caribe de esta ciudad, hijo de Jesús Carrera y Milagros Campos; por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los articulo 277 del Código Penal en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; y en consecuencia, dicta auto de apertura a juicio oral y público. Se acuerda mantener la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad que pesa sobre el acusado de aut.....