Por las razones anteriormente expuestas, este Circuito Judicial Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos HERNANDEZ PARDO PEDRO LUIS, costaricense, casado, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. E-84.423.279 asistido en este acto por el ciudadano MAURO LUÍS MARTÍNEZ VICENTH, abogado en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 75.616 Y la ciudadana: SILVA VALERIO CECILIA, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-10.460.395, asistida en este acto por la ciudadana EMILIA .....