En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, somete al adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por encontrase presuntamente incurso en la comisión del delito de actos lascivos, previsto en el artículo 373 del Código Penal, cometido en perjuicio de la niñaxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad de conformidad con lo previsto en el artículo 582, literales "C" y "F", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en presentación periódica cada quince (15) días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así como la prohibición de comunicarse con las victimas de la presente causa; todo el.....