este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con vista a la petición Fiscal y con fundamento en lo dispuesto en el articulo 292 del Código Orgánico Procesal Penal, observa y considera que están cubiertos los presupuestos de exigencia de dicha norma para que proceda la solicitad formulada, es por lo que la acuerda con lugar, y en consecuencia, ordena MANDATO DE CONDUCCION para los ciudadanos WILLY RAMÓN MAYZ, titular de la cédula de identidad No. 9.271.773, MARBELLA COROMOTO MAYZ DE CORDOVA, titular de la cédula de identidad No. 5.698.949, LUISA BAUTISTA MAYZ, titular de la cédula de identidad No. 5.081.857, y FELIX ANTONIO CONCEPACIÓN MAYZ, titular de la cédula de identidad No. 7.188.241, residenciados todos en Avenida Gran Mariscal, casa No. 02, frente al Estadium Delfín Marval, Cumaná Estado Sucre, desde el sitio donde se encuentren, para que c.....