este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Admitir parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público y declara con lugar lo solicitado por la Defensa, en consecuencia se procede a imponer a los adolescentes de conformidad con los Artículos 578 literales “A” y “F”; 583, 620 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, a quienes se les inició averiguación por su presunta participación en un delito contra las personas cometido en perjuicio del ciudadano Amelio Beltrán Díaz Mendoza, delito previsto en el artículo 415 del Código Penal Vigente; cuya sanción consistirá en culminar la etapa de estudio que cursa o bien realizar uno o varios cursos, en un área de su interés o bien en caso de que trabaje debe acreditar mediante constancia de trabajo la actividad que realiza. Se .....