DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por el abogado JUAN CHIRINO COLINA, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.707.967 actuando con el carácter de Juez Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná y los escabinos NIDIA DEL CARMEN GONZALEZ DE LA CRUZ y JORGE LUIS TORRES VARGAS, portadores de las Cédulas de Identidad N°. 5.707.781 y 9.978.233 respectivamente, de conocer la causa N° RP01-P-2003-000112, seguida al Acusado ANGEL ANIBAL LANDAETA, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias.....