En consecuencia, éste Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA la Libertad sin Restricciones a favor del imputado José Ramón Rodríguez, venezolano, de estado civil soltero, indocumentado, nacido en fecha 13-01-76, de 30 años de edad, de profesión u oficio agricultor, hijo de Yolanda Rodríguez y Felipe Rodríguez, y domiciliado en Alto Amara de Irapa, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Mariño del Estado Sucre; por considerar que no hay suficientes elementos de convicción que comprometan la responsabilidad de este en la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Por otro lado, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Público manifestó que sobre tal ciudadano pesa orden de aprehensión librada en su contra por el Tribunal.....