En consecuencia, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 155,156,159 y 160 del Código Orgánico Penitenciario , REDIME al penado Javier Jesús Viña, titular de la cédula de identidad Nº 17.529.876, la pena de Cinco,(5), meses y veinticinco,(25), días, tiempo este que es Redimido en este acto al penado de autos....