DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado LUÍS DAVID CARABALLO COA, venezolano, de estado civil soltero, de 27 años de edad, nacido en fecha 30/04/1985, titular de Cédula de Identidad Nº 16.498.605, de profesión u oficio mecánico, hijo de Anays Isabel Coa y Jorge Luís Caraballo, y domiciliado en el Muco, callejón Giraldot, Casa Nº 665, frente al depósito El Rosario, Carúpano, Estado Sucre, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARÍA FERNANDA GAMBOA RAMOS; de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de haberse declarado la Extinción de la Acción Penal, conforme a lo previsto en los artículos 45 y 48, numeral 7, de la misma norma Adjetiva Penal.