DECISIÓN:
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la Abogada CARMEN LUISA CARREÑO BETANCOURT, en su carácter de Jueza Segunda de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, para Abstenerse de Conocer la Causa Penal Nº RP01-P-2004-000296, seguida en contra de los Ciudadanos JUAN RAMÓN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ROBERT JOSÉ PIAMO RONDÓN, y OSWALDO JOSÉ ACOSTA VALDERREY, acusados de autos, y titulares de las Cédulas de Identidades números V-11.375.329, V-9.899.546 y 8.950.299, respectivamente; por la presunta comisión de los delitos de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, TORTURA y EXTORSIÓN, previstos y sancionados en los artículos 177,182 y 461, respectivamente, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano .....