EL DESISTIMIENTO
El día dieciocho (18) de diciembre de dos mil doce (2012), los ciudadanos MARIBEL DEL CARMEN GUERRA y AUGUSTO GAMARDO LIZARDO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. V-11.827.878 y V-11.833001, respectivamente, la primera domiciliada en la Urbanización La Granja, Edificio Cariaco, apartamento 2-B, asistida por la profesional del derecho MARTHA HOYOS POSADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.355 y, el segundo en la avenida Cancamure, Urbanización San José, calle Altagracia, sector "F", N° 4, en jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Cumaná, Estado Sucre, asistido por el profesional del derecho CARLOS NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.920, parte demandada y demandante, respectivamente, presentan diligencia mediante la cual DESISTEN del PROCEDIMIENTO, y exponen: "Desistimos de la acción de Nulidad de venta, que fue incoada por ante este Tribunal expediente N° 11-5537. Solicitamos que una vez declarado el desistimiento se.....