Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a los imputados: Anderson José Velásquez Gamboa, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 20.125.129, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 28-05-1987, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Luciana Velásquez y Cesar Martínez, y domiciliado en el Sector La Viña, Casa Nº 17, al final de la Calle Páez, Sector El Río, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y Edinson José Velásquez Hurtado, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 23.945.631, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 13-05-1988, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Silvia Josefina Hurtado y Rubén Da.....