este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la entrega del vehículo antes descritos al solicitante ciudadano ELIXANDRO RODRIGUEZ MENESES con la prohibición de no enajenarlo y ni gravarlo, no circular fuera del territorio de la republica y con la obligación de presentarlo a la Fiscalia competente y a este Tribunal las veces que sea requerido vehículo En consecuencia se acuerda oficiar al encargado del estacionamiento SERVIGRUAS ORIENTE, de esta ciudad, a los fines de que se sirva entregar el vehículo al ciudadano: ELIXANDRO RODRIGUEZ MENESES, un vehículo de la siguientes características Clase. Camioneta, Tipo: SPORT- WAGON, Uso. PARTICLIAR; MODELO: blazer 4X4, Año: 1992, COLOR: AZUL, placa: xrc922, MARCA: CHEVROLET; SETRIAL DE MOTOR ZNV35568, SERIAL DEL CARROCERIA: TC1T6ZNV353568. Se acuerda la devolución de los documentos originales previo certificación de autos y expedir las copias.....