Decreta la Prescripción de la Acción Penal, quedando extinguida la misma, conllevando esta situación a este tribunal a DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en perjuicio del ciudadano: LUIS BELTRAN ALCOBA RUSSO, de 54 años de edad para el momento en que ocurrieron los hechos, con cédula de identidad N° V-527.567, domiciliado en el Barrio Sucre, Avenida Principal, Casa N° 31, Cumaná Estado Sucre; por el delito de: HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, en contra del imputado: PERSONAS DESCONOCIDAS. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal, 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las presentes actuaciones al Juzgado de Ejecución Competente en el lapso legal correspondiente, una vez consignadas las correspondientes resultas.