el Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones CUARTO de Control, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, pasa hacer el siguiente pronunciamiento SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por la fiscalía para el Séptima del Ministerio Público en contra del imputado JOSÉ ÁNGEL YEGUEZ CABEZA, venezolano, natural de esta ciudad, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.065.771, de estado civil soltero, nacido en fecha 08-02-1992, Hijo de Fernanda Cabeza y Ángel Yeguez, oficio albañil, y residenciado en el Sector La Lomas de Guaracayar, Casa S/Nº, Municipio Bolívar del Estado Sucre, acogiéndose la calificación del tipo penal señalado por el Ministerio Público a saber el de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1° del Código Pena.....