Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la ciudadana IVÁNA JOSÉ GARCÍA PÉREZ, Venezolana, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.761.181, de oficio ama de casa, soltera, natural de Araya, nacida en fecha 15-10-88, hija de Iván José García Núñez y Josefa del Carmen Pérez Frontado, residenciada en el barrio 4 de diciembre, calle principal, casa S/N°, cerca del MERCAL, Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, condenada por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial, imponiéndosele una pena de TRES (0.....