Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de: NUEVE (09) AÑOS, CUATRO (4) MESES, DIECISEIS (16) DIAS Y DIECISEIS (16) HORAS DE PRESIDIO, impuesta al ciudadano: CARLOS JULIO CORDOVA Titular de la Cédula de Identidad No-9.275.651, por el Juzgado Tercero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha: 01-11-99, por la comisión de los delitos de: Violación, Privación Ilegitima de Libertad, Lesiones Personales Intencionales Graves y Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en los artículos 375 ordinal 1ero, 175, 417 y 278 todos del Código Penal, en virtud de haber cumplido con el régimen de pruebas impuesto por este tribunal por el.....