este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal por prescripción, seguida a los ciudadanos RONALD JESÚS ACOSTA SEQUERA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.346.372, nacido en fecha 13/05/1989, hijo de Yanet Carolina Sequera y Jesús Acosta, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Calle Arismendi, Casa 46, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; y CÉSAR GREGORIO MÁRQUEZ LÓPEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.271.699, nacido en fecha 24/03/1975, de profesión u oficio comerciante, hijo de Ana López y Julio Márquez residenciado en el Sector La Rosa, Casa 23, Vereda 3, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; presuntamente incursos en la comisión del delito de LESIONES LEVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 416 en relació.....