DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada LOVELIA CRISTINA MARCANO MUÑOZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el número 23.628, en su carácter de defensora privada de los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CHARELLI ROJAS, JEFERSON ANTONIO ROZO, JHONIMER JOSÉ TOVAR MORA, EUSEBIO ELIEZER VEGA PATIÑO, ANSONI JOSÉ SÁNCHEZ RIVAS, RENNY JOSÉ HIDALGO BASTARDO y PEDRO JOSÉ BLANCO CAMPOS, titulares de las cédulas de identidad números V-14.774.520, V-20.521.087, V-23.790.260, V-20.660.339, V-20.934972, V-19.280.670, y V-16.891.261, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha veintiuno (21) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, Estadal y Municipal en Func.....