Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la CESACIÓN de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta, a favor del sancionado: "OMISSIS", por la comisión del delito de: Resistencia A La Autoridad, tipificado en el artículo 218 del Código Penal , en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes, y las copias solicitadas por las partes, en cuanto a la revisión de la medida para el adolescente "OMISSIS", se fija nueva fecha para el día 28-06-2012 a las 8:45 am Quedan notificados los presentes. Notifíquese al joven "OMISIS". Cúmplase
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Carol Muziot.....