Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta CONDENAR al ciudadano ESTEBAN MARINO RUIZ, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.651.266, nacido en fecha 26-11-1964, de 53 años de edad, de estado civil soltero, de profesión agricultor, y residenciado en el Sector Río Chiquito Arriba, Calle Principal, Casa S/N, cerca de Iglesia Católica, Parroquia Irapa, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, a cumplir una pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO COMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 en relación con el artículo 84 numeral 3ero del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NICOMEDES RAFAEL URBAEZ (OCCISO), todo de conformi.....