Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la cesación de la medida de Libertad Asistida y Reglas de conducta impuestas al sancionado Omissis, por la comisión del delito de: Violación Agravada, tipificado en el artículo 374, numeral 1, del Código Penal, en perjuicio del niño: Omisis, por el cumplimiento de la sanción, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes...