este Tribunal Primero de Control de la Sección adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda mantener la detención del adolescente XXXXXX a los fines de asegurar la resultas del proceso y darle la oportunidad al Juez Segundo de Control para que se pronuncie respecto al acto conclusivo que deberá presentar el Ministerio Público en su oportunidad legal, de conformidad con lo establecido en los artículos 555, 559 y 560 de la LOPNA, por lo que este Tribunal declara sin lugar lo solicitado por la defensa y con lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público,