Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del Recurso de Apelación interpuesto en contra de la decisión de fecha veintisiete (27) de Julio del año dos mil diecisiete (2017), dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – sede Cumaná, mediante la cual se condenó a la acusada antes mencionada a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más una multa de CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS, por la comisión del delito de INVASIÓN, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos LUÍS RODRÍGUEZ SULBARAN y SORAIMA CÓRDOVA SALAZAR. En consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de origen .....