En este estado toma la palabra el Juez y expone: Oído lo manifestado por las partes y revisada minuciosamente las actas que conforman el presente asunto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado JEAN MAIKER CASTAÑEDA CASTAÑEDA, venezolano, venezolano, de veintidós (22) años de edad, soltero, de profesión u oficio Agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° 24.134.765, nacido el 23 -12 -1.983, hijo de ISAURA CASTAÑEDA y AGAPITO AGUILERA, residenciado en el Caserío Bohordal, calle siete bocas, casa color arcilla S/N, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Estupefacientes y Psicotrópicos, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicot.....