Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado¿, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 291 y 785 del Código de Procedimiento Civil, declara CONCLUIDA LA PARTICION incoada por el ciudadano GUSTAVO RAFAEL BARRETO,¿, contra la ciudadana CARMEN MARIA NUÑEZ CENTENO,¿, correspondiéndole a cada uno de los prenombrados ciudadanos un cincuenta por ciento (50%) de los siguientes bienes: A. Un inmueble constituido por una casa quinta y la parcela de terreno que ocupa marcada con el N° B-13, que tiene una superficie de DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (299 M2), ubicado en la Urbanización ¿ San José, Parroquia Altagracia, (antes Municipio Altagracia), Municipio Sucre (antes Distrito Sucre) del Estado Sucre, dentro de los linderos siguientes: NOR-OESTE, Calle Ayacucho; SUR-ESTE, terreno de José Berrizbeitia; NOR-ESTE, parcela N° catorce (14) y SUR-ESTE, parce.....