este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano JUAN CARLOS ACUÑA MARVAL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad 15.112.587, de 30 años de edad, de ocupación obrero, de estado civil soltero, hijo de Ana Marjal y Julián Peña, domiciliado en: Sector Puerto España, Calle Las Tinajitas, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre; quien fuera condenado a cumplir la pena de: UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en al articulo 470 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS ANDRADES BARRIOS GOMEZ. Líbrese boleta de Notificación al penado de autos JUAN.....