declara JUSTIFICATIVO PARA QUE SEAN INCLUIDO EN LA CARGA FAMILIAR de la ciudadana: CABELLO GEIKA DE JESUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.684.531, domiciliada en la Urbanización "Los Tejados", tercera calle, Casa N° 118, Cumana, Estado Sucre, hijo de su hija la ciudadana MARIA MILAGROS DEL VALLE VILLAE CABELLO, titular de la cedula de identidad N° V-14.661.824 y el ciudadano OSCAR LUIS ASTUDILLO YEGUEZ, titular de la cedula de identidad N° 14.596.244, el adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de doce (12), años de edad