este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los imputados YOHALYS DEL VALLE AGUILERA OSUNA, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.376.876, natural de Carúpano, nacido en fecha 07-04-89, hijo de Onerima Osuna y Geovany Aguilera residenciada en Playa Grande, Urb. Virgen del Valle, calle N°1, casa sin N°, frente al taller, Municipio Bermúdez, Carúpano Estado Sucre; MARIELA DEL VALLE CARABALLO, venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.555.560, nacido en fecha 03-01-78, hijo de Solange Caraballo y Rigoberto Patiño, residenciada en el Lirio, Pantanal, frente la UDo, casa sin N°, Municipio Bermúdez, Carúpano Estado Sucre;.....