DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Cesar Bernardo Venales Fariñas, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.415.651, nacido en fecha 20-05-1981, de 35 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de Ángel Venales y Paula Fariñas, y domiciliado en El Sector El Morro, Casa S/N, Municipio Arismendi del Estado Sucre; por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano, en virtud.....