ACUERDA Medida Cautelar sustitutiva de libertad a favor del ciudadano Oswaldo Concepción Patinez, Venezolano, Casado, mayor de edad, nacido en fecha 05-08-61, de 45 años de edad, titular de Cédula de Identidad N° V-5.912.449, de Oficio: Mecánico, Natural de Guiria, hijo de: José Gertrudis Placit y Juana Bautista Patinez, domiciliado en el barrio La Antena, casa S/n, Cerca de la casa del Guardia Rojas, de la Ciudad de Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre; por considerarlo incurso en la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, de conformidad con el ordinal 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal, Consistente en presentaciones cada 30 por ante la Comandancia de Policía del Municipio Valdez, por el Lapso de seis meses.