DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado: ARGENIS DAVID MILA, mayor de edad, nacido en Carúpano, Estado Sucre, Cédula de Identidad Nº V-6.955.784, de profesión u oficio Albañil , domiciliado en: Guarenas, Vicente Emilio Sojo, Edificio N° 16, Piso 02, apartamento 02, Caracas; por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 36 de la ley especial que rige la materia para el momento de los hechos, en perjuicio LA COLECTIVIDAD; de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de haberse declarado la Extinción de la Acción Penal, conforme a lo previsto en los artículos 45 y 48, numeral 7, de la mism.....