DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Administrando Justicia, En Nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, Ordena La Apertura A Juicio Oral Y Publico, en el presente asunto, seguido al ciudadano JOSÉ DEL VALLE SALAZAR BARCELO, venezolano, natural de Irapa Municipio Mariño Estado Sucre, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, nacido en fecha 21-08-1979, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.318.890, hijo de Roberto Salazar y Porfiria Barcelo, domiciliado en: Calle Pichincha, Casa S/N°, atrás del Cementerio de Irapa, Municipio Mariño Estado Sucre, por la presunta comisión del delito Trafico Ilicito de Sustancias Estuefacientes y psicotropicos previsto y sancionado en el artículo 31, 2do y ultimo aparte de la ley Especial.de conformidad con lo dispuesto en el articulo 331 del Códi.....