DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado Humberto Patricio Gamboa, venezolano, de 39 años de edad, nacido en fecha 17-05-71, titular de la Cédula de Identidad N° 12.215.764, de oficio pescador, de estado civil soltero, hijo de Eliseo Salazar y Paula Gamboa, y residenciado en la población de Mejillones, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Arismendi del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453, numerales 3 y 6, del Código Penal, en perjuicio de la Panadería Carlín; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3; 251, numerales 2, 3 y 5; y 252, numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En este sentido, se decreta la aprehensión como Flagrante, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario toda vez que así lo solicitó la representante del.....