DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN, del desistimiento realizado por el Abogado LUIS GUSTAVO CABEZA, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JOSÉ GREGORIO QUIJADA CAMPOS, en cuanto respecta al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil trece (2013), por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en la cual declaró CULPABLE y CONDENÓ al ciudadano JOSÉ GREGORIO QUIJADA CAMPOS, acusado de autos y titular de la cédula de identidad N° V- 20.373.849, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO FRUSTRADO EN GRADO DE AUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 405.....