este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JOSÉ LUIS MARCANO GONZÁLEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.644.629, de estado civil soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 23-05-64, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Cumanagoto Segundo, Calle 1A, casa Nº 15, Barrio Malo, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; a quien se le iniciara la presente causa por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSIONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ANTONIO JOSÉ GÓMEZ PATIÑO; de conformidad con lo establecido en el artículo 108 numeral 6 del Código Penal, y los artículos 49 numeral 8 concatenado con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.