este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena: La Apertura a Juicio Oral y Privado en el presente asunto seguido al Acusado: Yoneisi José Hernández Marchan, quien es venezolano, natural de Irapa, de 22 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.074.542, nacido en fecha 08-02-1987, hijo de Domingo Antonio Hernández y Aurora Josefina Marchan, y residenciado en el Caserío Concepción, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la Escuela, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el artículo 374 en su encabezamiento del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la LOPNA, en perjuicio de Una Adolescente, en virtud de los hechos ocurridos en fecha 29/12/2007, y los cuales se hayan expresados en el Capítulo II del escrito acusatorio;.....